lunes, 24 de octubre de 2011

Pre proyecto de LEY GENERAL DE ARTE Y CULTURA

La Paz, 14 de octubre de 2011

Estimadas y estimados artistas, productores, gestores, trabajadores culturales y todas y todos los interesados en el arte y la cultura:
Adjuntamos a la presente un Pre proyecto de LEY GENERAL DE ARTE Y CULTURA, redactado por Fernando Cajías con base a las propuestas emitidas por un centenar de actores y gestores culturales reunidos en Talleres para el efecto, con el propósito de conocer sus criterios y sugerencias.
Dentro de la política cultural de FUNDECYD, de promover el desarrollo y el diálogo cultural, organizó el primer taller para intercambiar ideas sobre los contenidos de una futura Ley de Cultura. El Taller se realizó el 27 de octubre de 2010 en instalaciones del Museo Nacional de Etnografía y Folklore. En dicho taller se presentaron ponencias y, con base a ellas, se formaron mesas de trabajo que presentaron importantes sugerencias.
Con base en esas conclusiones y su propio trabajo de investigación, FUNDECYD encargó al Doctor Fernando Cajías, autor de varios ensayos de gestión cultural, la elaboración de un pre proyecto de Ley General de Cultura, para ponerlo a consideración de las instituciones públicas y la sociedad civil vinculada a la cultura.
En el interin, el Ministerio de Culturas prepara el Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural y ha puesto en consideración la Ley de Fomento a la Cultura que ha originado un interesante debate a nivel nacional
FUNDECYD organizó otros dos talleres con el propósito de coadyuvar a la elaboración de una legislación cultural, tan importante para el desarrollo cultural de Bolivia.
El primer taller se realizó en La Paz, el 27 de julio de 2011, con la participación de delegados de cuatro ciudades (La Paz, Oruro, Sucre y Potosí); el segundo se realizó en Santa Cruz, el 26 de agosto de 2011, con la participación de delegados de Santa Cruz y Sucre.
En ambos talleres se organizaron mesas de acuerdo a los capítulos del pre proyecto de ley, es decir: Mesa 1.-  Principios fundamentales y definiciones; Mesa 2.-  Institucionalidad Cultural y Participación;  Mesa 3.-  Patrimonio Cultural; Mesa 4.-  Producción Cultural y Consumo Cultural; Mesa 5.-  Fomento a la Cultura, Mecenazgo y Patrocinio; Mesa 6.-  Actores Culturales: Creadores, Artistas, Intérpretes; Mesa 7.- Culturas Indígenas y culturas populares
Estos talleres enriquecieron sustancialmente el pre proyecto de ley; por ello lo presentamos con las sugerencias propuestas.
El propósito de esta consulta es conocer si los participantes en los talleres están de acuerdo con la inclusión de sus correcciones, pero también conocer otros criterios de personas que por diversas circunstancias, no participaron de los talleres, pero cuyo aporte es fundamental.
Nuestro propósito es, una vez conocidas las sugerencias, realizar una nueva redacción y presentar el pre proyecto al Ministerio de Culturas y a la Asamblea Plurinacional, como un aporte de representantes de la sociedad civil a la necesaria aprobación de la legislación cultural.
Debemos destacar en cuanto a los aportes y debates los siguientes:
En cuanto a las definiciones, la inclusión de productor materializador interpretando los aportes de Vanessa Fornasari y Marcelo Araus y el concepto de arte con el aporte de Claudia García.
En el Título II se ha enriquecido el concepto de Gestión Cultural con el aporte de Ronald Poppe y se han cambiado los artículos 7, 9, 13, 14, 16 y 25 con los aportes tanto de la Mesa 2 de La Paz, como la de Santa Cruz.
En el Título III se han cambiado los artículos 28, 30, 41 y 42 con base en los aportes de la Mesa 3, del Taller de La Paz.
En el Título IV, Capítulo I, se ha incorporado las definiciones de productor cultural, sugeridas por la delegación de Santa Cruz, sugiriendo el proyectista que se divida en productor creativo y productor materializador.
En el Título IV, Capítulo II, se han tomado en cuenta los aportes de la Mesa 4 del Taller de La Paz y los valiosos aportes de Fabian Cordero para definir las industrias culturales y las empresas creativas.
En el Título V se propone dividir los Fondos, de acuerdo a lo sugerido por las Mesas 5 de los Talleres de Santa Cruz y La Paz; por sugerencia de ambos talleres se han cambiado los artículos 63, 68, 69, 72, 73 y 77. Se ha insistido en ambos talleres que de los fondos provenientes de mecenazgo y patrocinio el 60% sea para los fondos y el 40% de libre disponibilidad.
En el Título VI se han cambiado varios artículos, de acuerdo a las sugerencias y aportes de la Mesa 6 del Taller de La Paz.
En el Título VII, se han colocado los artículos de la propuesta original y las sugerencias de la Mesa 7 del Taller de La Paz para tratar de llegar a una redacción única con los nuevos aportes y debates, especialmente respecto a la definición más precisa de culturas interculturales, criollas y mestizas.
Los nombres de los participantes en los talleres y en las mesas figurarán en los anexos
Les rogamos, con las disculpas del caso, hacernos llegar sus sugerencias hasta el sábado 31 de octubre de 2011, a los siguientes correos electrónicos fernandocajias@hotmail.com naymaloren@yahoo.es fabiaesperanzaperaltacamberos@yahoo.es para poder entregar el pre proyecto a las instancias gubernamentales y ponerlo a consideración de la sociedad civil en las jornadas culturales y en otros espacios de debate a fin de coadyuvar en la construcción de la legislación cultural boliviana.
Es necesario advertir que en muchos temas se han tomado en cuenta nuestra Constitución Política del Estado, los Convenios de la UNESCO y legislación comparada.
Sin otro particular y agradeciendo su participación, los saludan atentamente

Bernardo Gantier Zelada, Nayma Lorena Nina Morales,  Fabia Esperanza Peralta Camberos, y Fernando Cajías de la Vega

Nota: La Oficialía Mayor de Cultura del Gobierno Municipal de La Paz ha hecho llegar sus sugerencias que se tomarán muy en cuenta.
La Paz, 14 de octubre de 2011

Estimadas y estimados artistas, productores, gestores, trabajadores culturales y todas y todos los interesados en el arte y la cultura:
Adjuntamos a la presente un Pre proyecto de LEY GENERAL DE ARTE Y CULTURA, redactado por Fernando Cajías con base a las propuestas emitidas por un centenar de actores y gestores culturales reunidos en Talleres para el efecto, con el propósito de conocer sus criterios y sugerencias.
Dentro de la política cultural de FUNDECYD, de promover el desarrollo y el diálogo cultural, organizó el primer taller para intercambiar ideas sobre los contenidos de una futura Ley de Cultura. El Taller se realizó el 27 de octubre de 2010 en instalaciones del Museo Nacional de Etnografía y Folklore. En dicho taller se presentaron ponencias y, con base a ellas, se formaron mesas de trabajo que presentaron importantes sugerencias.
Con base en esas conclusiones y su propio trabajo de investigación, FUNDECYD encargó al Doctor Fernando Cajías, autor de varios ensayos de gestión cultural, la elaboración de un pre proyecto de Ley General de Cultura, para ponerlo a consideración de las instituciones públicas y la sociedad civil vinculada a la cultura.
En el interin, el Ministerio de Culturas prepara el Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural y ha puesto en consideración la Ley de Fomento a la Cultura que ha originado un interesante debate a nivel nacional
FUNDECYD organizó otros dos talleres con el propósito de coadyuvar a la elaboración de una legislación cultural, tan importante para el desarrollo cultural de Bolivia.
El primer taller se realizó en La Paz, el 27 de julio de 2011, con la participación de delegados de cuatro ciudades (La Paz, Oruro, Sucre y Potosí); el segundo se realizó en Santa Cruz, el 26 de agosto de 2011, con la participación de delegados de Santa Cruz y Sucre.
En ambos talleres se organizaron mesas de acuerdo a los capítulos del pre proyecto de ley, es decir: Mesa 1.-  Principios fundamentales y definiciones; Mesa 2.-  Institucionalidad Cultural y Participación;  Mesa 3.-  Patrimonio Cultural; Mesa 4.-  Producción Cultural y Consumo Cultural; Mesa 5.-  Fomento a la Cultura, Mecenazgo y Patrocinio; Mesa 6.-  Actores Culturales: Creadores, Artistas, Intérpretes; Mesa 7.- Culturas Indígenas y culturas populares
Estos talleres enriquecieron sustancialmente el pre proyecto de ley; por ello lo presentamos con las sugerencias propuestas.
El propósito de esta consulta es conocer si los participantes en los talleres están de acuerdo con la inclusión de sus correcciones, pero también conocer otros criterios de personas que por diversas circunstancias, no participaron de los talleres, pero cuyo aporte es fundamental.
Nuestro propósito es, una vez conocidas las sugerencias, realizar una nueva redacción y presentar el pre proyecto al Ministerio de Culturas y a la Asamblea Plurinacional, como un aporte de representantes de la sociedad civil a la necesaria aprobación de la legislación cultural.
Debemos destacar en cuanto a los aportes y debates los siguientes:
En cuanto a las definiciones, la inclusión de productor materializador interpretando los aportes de Vanessa Fornasari y Marcelo Araus y el concepto de arte con el aporte de Claudia García.
En el Título II se ha enriquecido el concepto de Gestión Cultural con el aporte de Ronald Poppe y se han cambiado los artículos 7, 9, 13, 14, 16 y 25 con los aportes tanto de la Mesa 2 de La Paz, como la de Santa Cruz.
En el Título III se han cambiado los artículos 28, 30, 41 y 42 con base en los aportes de la Mesa 3, del Taller de La Paz.
En el Título IV, Capítulo I, se ha incorporado las definiciones de productor cultural, sugeridas por la delegación de Santa Cruz, sugiriendo el proyectista que se divida en productor creativo y productor materializador.
En el Título IV, Capítulo II, se han tomado en cuenta los aportes de la Mesa 4 del Taller de La Paz y los valiosos aportes de Fabian Cordero para definir las industrias culturales y las empresas creativas.
En el Título V se propone dividir los Fondos, de acuerdo a lo sugerido por las Mesas 5 de los Talleres de Santa Cruz y La Paz; por sugerencia de ambos talleres se han cambiado los artículos 63, 68, 69, 72, 73 y 77. Se ha insistido en ambos talleres que de los fondos provenientes de mecenazgo y patrocinio el 60% sea para los fondos y el 40% de libre disponibilidad.
En el Título VI se han cambiado varios artículos, de acuerdo a las sugerencias y aportes de la Mesa 6 del Taller de La Paz.
En el Título VII, se han colocado los artículos de la propuesta original y las sugerencias de la Mesa 7 del Taller de La Paz para tratar de llegar a una redacción única con los nuevos aportes y debates, especialmente respecto a la definición más precisa de culturas interculturales, criollas y mestizas.
Los nombres de los participantes en los talleres y en las mesas figurarán en los anexos
Les rogamos, con las disculpas del caso, hacernos llegar sus sugerencias hasta el sábado 22 de octubre de 2011, a los siguientes correos electrónicos fernandocajias@hotmail.com naymaloren@yahoo.es fabiaesperanzaperaltacamberos@yahoo.es para poder entregar el pre proyecto a las instancias gubernamentales y ponerlo a consideración de la sociedad civil en las jornadas culturales y en otros espacios de debate a fin de coadyuvar en la construcción de la legislación cultural boliviana.
Es necesario advertir que en muchos temas se han tomado en cuenta nuestra Constitución Política del Estado, los Convenios de la UNESCO y legislación comparada.
Sin otro particular y agradeciendo su participación, los saludan atentamente

Bernardo Gantier Zelada, Nayma Lorena Nina Morales,  Fabia Esperanza Peralta Camberos, y Fernando Cajías de la Vega

Nota: La Oficialía Mayor de Cultura del Gobierno Municipal de La Paz ha hecho llegar sus sugerencias que se tomarán muy en cuenta.






















domingo, 3 de julio de 2011

SANTA CRUZ: Manifestación Artística por una Ley Marco de Artes y Culturas


http://www.facebook.com/event.php?eid=156575617747913
Plaza Principal 24 de Septiembre
Santa Cruz de la Sierra, Bolivia

Artistas, gestores y hacedores de cultura reunidos, ante todo, reunidos en Santa Cruz de la Sierra, y en torno al contexto de la propuesta de Anteproyecto de ley de Promoción Cultural, hemos tenido la oportunidad de analizar y analizarnos como personas que construimos cultura y somos parte de ella en nuestro país. Festejamos esta importante oportunidad que nos permite llegar a una voz conjunta que dice o grita ARTE LIBRE y a lavez este es el punto de partida del siguiente pronunciamiento:
“Siendo consientes de que la cultura es un fenómeno vivo, que se desarrolla a la par de sus pueblos e incluso, entendiendo que ella en sí es la muestra del desarrollo de un pueblo; comprendiendo además que el arte es la manifestación física de la cultura, y en el caso nuestro, de las culturas que habitan el territorio boliviano, las que conforman el Estado Plurinacional, manifestamos que RECHAZAMOS CUALQUIER ANTEPROYECTO DE LEY DE PROMOCIÓN CULTURA O MECENAZGO QUE NO ESTE INCLUIDA Y DEFINIDA EN UNA LEY MACRO DE CULTURA, SIENDO PARTE Y NO EL TODO DE UNA POLÍTICA CULTURAL PARA BOLIVIA"

EL DEBER: 2 de jullio:Centralizar . El Estado quiere controlar el apoyo privado

Centralizar . El Estado quiere controlar el apoyo privadoLa actividad artística que dinamiza a nuestras ciudades y que define las actuales generaciones de artistas con propuestas que identifican su época, su problemática y su manera de pensar se ha formado y desarrollado, en su gran mayoría, con recursos propios o iniciativas privadas
 
Imprimir
Texto normal
Texto medio
Texto grande


Cecilia Kenning
En Santa Cruz, hay ejemplos exitosos de centros de formación, promoción o difusión artística que han crecido por voluntad y vocación de personas particulares y que han buscado el apoyo privado de empresas, personas, organismos internacionales o han cobrado sus servicios o espectáculos a precios muy accesibles.
Si acaso, el Estado ha apoyado con ítems a algunos institutos de formación de universidades, de la iglesia, privados y uno que otro centro de municipios o gobernaciones. Para ser medianamente justos podemos hablar de un 50% estatal o gobiernos regionales y 50% con iniciativa y apoyo privado y de la sociedad civil organizada.
Forma parte importante también de la formación artística, generar contactos con profesionales extranjeros de quienes aprender, ya sea a través de actuaciones internacionales en Bolivia o salidas al exterior. Estas giras fuera del país normalmente son impulsadas por iniciativas privadas, financiadas por empresas o fondos de los propios protagonistas. Los espectáculos internacionales que se presentan son propiciados por embajadas de países amigos o empresarios de mercados culturales.
Hoy circula un proyecto de ley desde el gobierno, que incentiva el aporte de empresas públicas y privadas a beneficiar a la cultura del país incluyendo una norma muy aplicada universalmente: montos de donaciones voluntarias a la cultura de parte del sector privado, deducibles de los impuestos a pagar al Estado (en este caso hasta un 10 % de los impuestos del año anterior).
Pero la novedad o diferencia con otros países es que estos aportes serán centralizados y controlados por un consejo oficial que tendrá a su cargo la aprobación de a qué y a quiénes se debe favorecer con esos fondos, en todo el país.
El consejo de cultura estará integrado por seis miembros del gobierno y tres personas elegidas por ellos, para dirigir los aportes de empresas privadas, personas y organismos donantes. El criterio definido para la elección del proyecto a financiar es que sea de importancia para el país. Una declaración lírica muy general, depende de quién lo decida.
Si el arte y los artistas bolivianos han dependido tan poco del apoyo oficial para formarse y desarrollarse, el papel del Estado debería ser favorecer que aquellas empresas privadas interesadas en apoyar el arte puedan estar más motivadas a hacerlo, muy bien a través del incentivo a crearse por esta ley, pero no centralizando y controlando el apoyo privado a la cultura y el arte.
Si hasta el momento no han existido fondos más que para la cultura oficial, aquella que reinventa las culturas autóctonas con  rituales neoandinos, cómo podemos creer que a partir de esta ley habrá para que todas las demás, llámense orientales o universales, tengan la oportunidad de sobresalir, crecer y difundirse en un país que centraliza todas sus políticas.
La opción que tienen las empresas que no estén de acuerdo con esta centralización será donar plata para proyectos elegidos por ellos, pero sin el incentivo que estos fondos puedan deducirlos de sus pagos de impuestos. La elección es más que natural.
Ya sabemos que el exceso de centralización crea una burocracia muy pesada y corrompe a los que deben aplicarla. ¿Será este caso la excepción? 
La nueva ley de promoción cultural será seguramente para proporcionarle fondos al Ministerio de Culturas para que pueda hacer algo por el sector, pero a través de sus ONG, sus organizaciones sociales, sus encargados de cultura de los entes oficiales. Pero en el camino quedarán, heridos y contusos, los artistas independientes y las organizaciones de la sociedad civil organizada que desde siempre vienen ilusionando, educando, emprendiendo y transformando el arte y la cultura boliviana.
Podrán centralizar los recursos pero lo que no podrán centralizar jamás son las ideas, las visiones diferentes, la sensibilidad artística y el deseo de expresar libremente su creatividad porque sin duda Bolivia es un Estado Plurinacional.

   FRAGMENTO  
La lectura que hacemos los artistas y los gestores culturales no coincide con las consideraciones y bondades enunciadas en el proyecto de ley que en forma literal dice: “El Régimen de Promoción Privada de la Cultura termina con la burocracia que trae interminables esperas al asegurar una relación directa entre quienes financian los proyectos y los actores culturales que
los llevan adelante.

La sanción de esta ley, que no tiene antecedentes en el país, ubicará a Bolivia entre los países que más promocionan su cultura en relación a las actividades de otros países de América
Latina, donde los jóvenes creadores del arte tendrán un espacio en el presente para poder soñar su futuro... y construir el nuevo Estado Plurinacional intercultural”.

viernes, 1 de julio de 2011

IMAGINA LA VIDA SIN ARTE: ACLARACIÓN

IMAGINA LA VIDA SIN ARTE: ACLARACIÓN

Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural

La Conferencia General,

Reafirmando su adhesión a la plena realización de los derechos humanos y de las libertades fundamentales proclamadas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en otros instrumentos jurídicos universalmente reconocidos, como los dos Pactos Internacionales de 1966 relativos uno a los derechos civiles y políticos y el otro a los derechos económicos, sociales y culturales,

Recordando que en el Preámbulo de la Constitución de la UNESCO se afirma “(...) que la amplia difusión de la cultura y la educación de la humanidad para la justicia, la libertad y la paz son indispensables a la dignidad del hombre y constituyen un deber sagrado que todas las naciones han de cumplir con un espíritu de responsabilidad y de ayuda mutua”,

Recordando también su Artículo primero que asigna a la UNESCO, entre otros objetivos, el de recomendar “los acuerdos internacionales que estime convenientes para facilitar la libre circulación de las ideas por medio de la palabra y de la imagen”,

Refiriéndose a las disposiciones relativas a la diversidad cultural y al ejercicio de los derechos culturales que figuran en los instrumentos internacionales promulgados por la UNESCO (1),

Reafirmando que la cultura debe ser considerada el conjunto de los rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias (2),

Comprobando que la cultura se encuentra en el centro de los debates contemporáneos sobre la identidad, la cohesión social y el desarrollo de una economía fundada en el saber,

Afirmando que el respeto de la diversidad de las culturas, la tolerancia, el diálogo y la cooperación, en un clima de confianza y de entendimiento mutuos, son uno de los mejores garantes de la paz y la seguridad internacionales,

Aspirando a una mayor solidaridad fundada en el reconocimiento de la diversidad cultural, en la conciencia de la unidad del género humano y en el desarrollo de los intercambios interculturales,

Considerando que el proceso de mundialización, facilitado por la rápida evolución de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, pese a constituir un reto para la diversidad cultural crea las condiciones de un diálogo renovado entre las culturas y las civilizaciones,

Consciente del mandato específico que se ha conferido a la UNESCO, en el sistema de las Naciones Unidas, de asegurar la preservación y la promoción de la fecunda diversidad de las culturas,

Proclama los principios siguientes y aprueba la presente Declaración:

IDENTIDAD, DIVERSIDAD Y PLURALISMO

Artículo 1 – La diversidad cultural, patrimonio común de la humanidad


La cultura adquiere formas diversas a través del tiempo y del espacio. Esta diversidad se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades que caracterizan a los grupos y las sociedades que componen la humanidad. Fuente de intercambios, de innovación y de creatividad, la diversidad cultural es tan necesaria para el género humano como la diversidad biológica para los organismos vivos. En este sentido, constituye el patrimonio común de la humanidad y debe ser reconocida y consolidada en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

Artículo 2 – De la diversidad cultural al pluralismo cultural

En nuestras sociedades cada vez más diversificadas, resulta indispensable garantizar una interacción armoniosa y una voluntad de convivir de personas y grupos con identidades culturales a un tiempo plurales, variadas y dinámicas. Las políticas que favorecen la integración y la participación de todos los ciudadanos garantizan la cohesión social, la vitalidad de la sociedad civil y la paz. Definido de esta manera, el pluralismo cultural constituye la respuesta política al hecho de la diversidad cultural. Inseparable de un contexto democrático, el pluralismo cultural es propicio para los intercambios culturales y el desarrollo de las capacidades creadoras que alimentan la vida pública.

Artículo 3 – La diversidad cultural, factor de desarrollo

La diversidad cultural amplía las posibilidades de elección que se brindan a todos; es una de las fuentes del desarrollo, entendido no solamente en términos de crecimiento económico, sino también como medio de acceso a una existencia intelectual, afectiva, moral y espiritual satisfactoria.

DIVERSIDAD CULTURAL Y DERECHOS HUMANOS

Artículo 4 – Los derechos humanos, garantes de la diversidad cultural


La defensa de la diversidad cultural es un imperativo ético, inseparable del respeto de la dignidad de la persona humana. Ella supone el compromiso de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular los derechos de las personas que pertenecen a minorías y los de los pueblos indígenas. Nadie puede invocar la diversidad cultural para vulnerar los derechos humanos garantizados por el derecho internacional, ni para limitar su alcance.

Artículo 5 – Los derechos culturales, marco propicio para la diversidad cultural

Los derechos culturales son parte integrante de los derechos humanos, que son universales, indisociables e interdependientes. El desarrollo de una diversidad creativa exige la plena realización de los derechos culturales, tal como los definen el Artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Artículos 13 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Toda persona debe tener la posibilidad de expresarse, crear y difundir sus obras en la lengua que desee y en particular en su lengua materna; toda persona tiene derecho a una educación y una formación de calidad que respeten plenamente su identidad cultural; toda persona debe tener la posibilidad de participar en la vida cultural que elija y conformarse a las prácticas de su propia cultura, dentro de los límites que impone el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.

Artículo 6 – Hacia una diversidad cultural accesible a todos

Al tiempo que se garantiza la libre circulación de las ideas mediante la palabra y la imagen, hay que velar por que todas las culturas puedan expresarse y darse a conocer. La libertad de expresión, el pluralismo de los medios de comunicación, el plurilingüismo, la igualdad de acceso a las expresiones artísticas, al saber científico y tecnológico -comprendida su presentación en forma electrónica- y la posibilidad, para todas las culturas, de estar presentes en los medios de expresión y de difusión, son los garantes de la diversidad cultural.

DIVERSIDAD CULTURAL Y CREATIVIDAD

Artículo 7 – El patrimonio cultural, fuente de la creatividad


Toda creación tiene sus orígenes en las tradiciones culturales, pero se desarrolla plenamente en contacto con otras culturas. Ésta es la razón por la cual el patrimonio, en todas sus formas, debe ser preservado, realzado y transmitido a las generaciones futuras como testimonio de la experiencia y de las aspiraciones humanas, a fin de nutrir la creatividad en toda su diversidad e inspirar un verdadero diálogo entre las culturas.

Artículo 8 – Los bienes y servicios culturales, mercancías distintas de las demás

Ante los cambios económicos y tecnológicos actuales, que abren vastas perspectivas para la creación y la innovación, se debe prestar particular atención a la diversidad de la oferta creativa, al justo reconocimiento de los derechos de los autores y de los artistas, así como al carácter específico de los bienes y servicios culturales que, por ser portadores de identidad, de valores y sentido, no deben ser considerados mercancías o bienes de consumo como los demás.

Artículo 9 – Las políticas culturales, catalizadoras de la creatividad

Las políticas culturales, en tanto que garantizan la libre circulación de las ideas y las obras, deben crear condiciones propicias para la producción y difusión de bienes y servicios culturales diversificados, gracias a industrias culturales que dispongan de medios para desarrollarse en los planos local y mundial. Al tiempo que respeta sus obligaciones internacionales, cada Estado debe definir su política cultural y aplicarla utilizando para ello los medios de acción que juzgue más adecuados, ya se trate de modalidades prácticas de apoyo o de marcos reglamentarios apropiados.

DIVERSIDAD CULTURAL Y SOLIDARIDAD INTERNACIONAL

Artículo 10 – Reforzar las capacidades de creación y de difusión a escala mundial


Ante los desequilibrios que se producen actualmente en los flujos e intercambios de bienes culturales a escala mundial, es necesario reforzar la cooperación y la solidaridad internacionales para que todos los países, especialmente los países en desarrollo y los países en transición, puedan crear industrias culturales viables y competitivas en los planos nacional e internacional.

Artículo 11 – Forjar relaciones de colaboración entre el sector público, el sector privado y la sociedad civil.

Las fuerzas del mercado por sí solas no pueden garantizar la preservación y promoción de la diversidad cultural, clave de un desarrollo humano sostenible. Desde este punto de vista, se debe reafirmar la preeminencia de las políticas públicas, en colaboración con el sector privado y la sociedad civil.

Artículo 12 – La función de la UNESCO

Por su mandato y sus funciones compete a la UNESCO:

a) promover la integración de los principios enunciados en la presente Declaración en las estrategias de desarrollo elaboradas en las diversas entidades intergubernamentales;

b) constituir un punto de referencia y foro de concertación entre los Estados, los organismos internacionales gubernamentales y no gubernamentales, la sociedad civil y el sector privado para la elaboración conjunta de conceptos, objetivos y políticas en favor de la diversidad cultural;

c) proseguir su acción normativa y su acción de sensibilización y fortalecimiento de capacidades en los ámbitos relacionados con la presente Declaración que correspondan a sus esferas de competencia;

d) facilitar la aplicación del Plan de Acción cuyas orientaciones principales figuran a continuación de la presente Declaración.


Anexo II Orientaciones principales de un plan de acción para la aplicación de la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural

Los Estados Miembros se comprometen a tomar las medidas apropiadas para difundir ampliamente la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural y fomentar su aplicación efectiva, cooperando en particular con miras a la realización de los siguientes objetivos:

1. Profundizar en el debate internacional sobre los problemas relativos a la diversidad cultural, especialmente los que se refieren a sus vínculos con el desarrollo y a su influencia en la formulación de políticas, a escala tanto nacional como internacional; profundizar particularmente en la reflexión sobre la conveniencia de elaborar un instrumento jurídico internacional sobre la diversidad cultural.

2. Progresar en la definición de los principios, normas y prácticas en los planos nacional e internacional, así como en los medios de sensibilización y las formas de cooperación más propicios para la salvaguardia y la promoción de la diversidad cultural.

3. Favorecer el intercambio de conocimientos y de las prácticas recomendables en materia de pluralismo cultural con miras a facilitar, en sociedades diversificadas, la integración y la participación de personas y grupos que procedan de horizontes culturales variados.

4. Avanzar en la comprensión y la clarificación del contenido de los derechos culturales, considerados parte integrante de los derechos humanos.

5. Salvaguardar el patrimonio lingüístico de la humanidad y apoyar la expresión, la creación y la difusión en el mayor número posible de lenguas.

6. Fomentar la diversidad lingüística -respetando la lengua materna- en todos los niveles de enseñanza, dondequiera que sea posible, y estimular el aprendizaje de varios idiomas desde la más temprana edad.

7. Alentar, a través de la educación, una toma de conciencia del valor positivo de la diversidad cultural y mejorar, a esos efectos, la formulación de los programas escolares y la formación de los docentes.

8. Incorporar al proceso educativo, tanto como sea necesario, métodos pedagógicos tradicionales, con el fin de preservar y optimizar métodos culturalmente adecuados para la comunicación y la transmisión del saber.

9. Fomentar la “alfabetización digital” y acrecentar el dominio de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, que deben considerarse al mismo tiempo disciplinas de enseñanza e instrumentos pedagógicos capaces de reforzar la eficacia de los servicios educativos.

10. Promover la diversidad lingüística en el ciberespacio y fomentar el acceso gratuito y universal, mediante las redes mundiales, a toda la información que pertenezca al dominio público.

11. Luchar contra las disparidades que se han dado en llamar “brecha digital” -en estrecha cooperación con los organismos competentes del sistema de las Naciones Unidas- favoreciendo el acceso de los países en desarrollo a las nuevas tecnologías, ayudándolos a dominar las tecnologías de la información y facilitando a la vez la difusión electrónica de los productos culturales endógenos y el acceso de dichos países a los recursos digitales de orden educativo, cultural y científico, disponibles a escala mundial.

12. Estimular la producción, la salvaguardia y la difusión de contenidos diversificados en los medios de comunicación y las redes mundiales de información y, con este fin, promover la función de los servicios públicos de radiodifusión y de televisión en la elaboración de producciones audiovisuales de calidad, favoreciendo en particular el establecimiento de mecanismos de cooperación que faciliten la difusión de las mismas.

13. Elaborar políticas y estrategias de preservación y realce del patrimonio natural y cultural, en particular del patrimonio oral e inmaterial, y combatir el tráfico ilícito de bienes y servicios culturales.

14. Respetar y proteger los sistemas de conocimiento tradicionales, especialmente los de los pueblos indígenas; reconocer la contribución de los conocimientos tradicionales, en particular por lo que respecta a la protección del medio ambiente y a la gestión de los recursos naturales, y favorecer las sinergias entre la ciencia moderna y los conocimientos locales.

15. Apoyar la movilidad de creadores, artistas, investigadores, científicos e intelectuales y el desarrollo de programas y actividades conjuntas de investigación, de carácter internacional, procurando al mismo tiempo preservar y aumentar la capacidad creativa de los países en desarrollo y en transición.

16. Garantizar la protección del derecho de autor y los derechos con él relacionados, con miras a fomentar el desarrollo de la creatividad contemporánea y una remuneración justa de la labor creativa, defendiendo al mismo tiempo el derecho público de acceso a la cultura, de conformidad con el Artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

17. Contribuir a la creación o a la consolidación de industrias culturales en los países en desarrollo y los países en transición y, con este propósito, cooperar en el desarrollo de las infraestructuras y las competencias necesarias, apoyar la creación de mercados locales viables y facilitar el acceso de los bienes culturales de dichos países al mercado mundial y a los circuitos internacionales de distribución.

18. Fomentar políticas culturales que promuevan los principios consagrados en la presente Declaración, entre otras cosas mediante modalidades prácticas de apoyo y/o marcos reglamentarios apropiados, respetando las obligaciones internacionales de cada Estado.

19. Lograr que los diferentes sectores de la sociedad civil colaboren estrechamente en la definición de políticas públicas de salvaguardia y promoción de la diversidad cultural.

20. Reconocer y fomentar la contribución que el sector privado puede aportar al realce de la diversidad cultural y facilitar, con este propósito, la creación de espacios de diálogo entre el sector público y el privado.

Los Estados Miembros recomiendan al Director General que al ejecutar los programas de la UNESCO tome en consideración los objetivos enunciados en el presente Plan de Acción, y que lo comunique a los organismos del sistema de las Naciones Unidas y demás organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales interesadas, con miras a reforzar la sinergia de las medidas que se adopten en favor de la diversidad cultural.


_____________________
(1) Entre los cuales figuran, en particular, el Acuerdo de Florencia de 1950 y su Protocolo de Nairobi de 1976, la Convención Universal sobre Derecho de Autor de 1952, la Declaración de los Principios de la Cooperación Cultural Internacional de 1966, la Convención sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales de 1970, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural de 1972, la Declaración sobre la Raza y los Prejuicios Raciales aprobada por la Conferencia General de la UNESCO en 1978, la Recomendación relativa a la condición del artista de 1980 y la Recomendación sobre la Salvaguardia de la Cultura Tradicional y Popular de 1989.

(2) Definición conforme a las conclusiones de la Conferencia Mundial sobre las Políticas Culturales (MONDIACULT, México, 1982), de la Comisión Mundial de Cultura y Desarrollo (Nuestra Diversidad Creativa, 1995) y de la Conferencia Intergubernamental sobre Políticas Culturales para el Desarrollo (Estocolmo, 1998).
http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=13179&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html

ACLARACIÓN

Estimad@s amig@s y colegas

nada más aclarar que la concentración de ayer era para la visibilización del sector artístico como creador y productor de arte y culturas.

como espacio de libre manifestación  y habierto a diversas posturas...

como ejemplo de apertura, en el flash mob de ayer,alguien repartió un documento sobre Regalmentación de una ley existente, solo como una posibilidad entre muchas, ya que otros grupos en La Paz y otras ciudades han elaborado propuestas, que se canalizaran al Ministerio de Culturas en espera de una sistematización inclusiva.


Este medio se mantiene como espacio de libre manifestación  y habierto a diversas posturas...

COMUNICADO: Ministerio de Culturas del Estado Plurinacional de Bolivia comunica


El Ministerio de Culturas del Estado Plurinacional de Bolivia comunica a las y los artistas, gestores/as culturales y trabajadores/as del arte y de la cultura, que en la reunión programada para las 10.00 a.m. del  lunes 4 de julio en las dependencias de esta cartera de Estado, la Dirección General de Promoción Cultural y Artística recepcionará de manera oficial y pública las distintas propuestas a la Ley de Promoción Cultural que se está tratando. Para las propuestas de los distintos departamentos y ciudades fuera de la La Paz, los envíos pueden hacerse por correo a la siguiente dirección: Ministerio de Culturas, calle Ayacucho esq. Potosí, La Paz - Bolivia. 

Se informa también que las propuestas recibidas serán sistematizadas y ordenadas, con una visión integral, por las distintas Direcciones del Ministerio de Cultura, con el objetivo de redactar un documento base para su futura socialización y tratamiento, como documento consolidado, en fecha a determinarse en dicha reunión del 4 de julio. Esa información será socializada por esta vía. http://www.facebook.com/notes/ministerio-de-culturas-del-estado-plurinacional-de-bolivia/comunicado/10150247731967888